PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ADMITE TOTALMEMENTE la acusación en contra del acusado LUIS MIGUEL PINEDA MEDINA, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previsto y sancionado en el artículo 149, primer aparte en concordancia con el articulo 163 numeral 11 de la Ley Orgánica De Droga, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, por cuanto el escrito acusatorio cumple con los requisitos establecido en el artículo 308 del Código Orgánico procesal Penal, En consecuencia, se declara sin lugar la excepción planteada por la Defensa, la cual será fundamentada por auto separado en acatamiento al criterio vinculante establecido en la Sentencia Nº 942 de fecha 21/07/2015, proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Arcadio Delgado Rosales. SEGUNDO: Se admiten las pruebas pr.....