Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA con sede en Tovar, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de Resolución de Contrato de Arrendamiento. Se ordena a la ciudadana DORIS DEL CARMEN ARAQUE, pagar la cantidad de DOS MI DOLARES AMERICANOS (2000$) o su equivalente en bolívares según la tasa del Banco Central de Venezuela, a los ciudadanos HUMBERTO ANTONIO DUQUE ZAMBRANO y ALBA MAGALY COLLAZO LOPEZ, por concepto de los veintiséis meses de canon de arrendamiento vencidos, desde el 01 de abril de 2020 hasta el 01 de junio de 2022 más la depreciación de la maquinaria y herramientas de carpintería y el uso indebido de las mismas luego del vencimiento del contrato.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Resolución de Contrato de Opción .....