DISPOSITIVA
Por las consideraciones que anteceden este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Constitución y sus Leyes declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de fondo fundamentada en el artículo 170 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada ciudadano JUNIOR IVAN LOPEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.662.997, asistido de los abogados asistidos JORGE ALEXANDER CONTRERAS y ASDRUBAL GIL CONTRERAS, identificados en autos. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SIN LUGAR la Impugnación de la Cuantía, opuesta por la parte demandada ciudadano JUNIOR IVAN LOPEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.662.997, asistido de los abogados asistidos JORGE ALEXANDER CONTRERAS y ASDRUBAL GIL CONTRERAS, i.....