Por las razones antes señaladas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA PROCEDENTE Y ACUERDA ACEPTAR LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO hecha por el ciudadano Abg. WILLIAM ALBERTO ANGULO GARCIA, con el carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en la presente causa que se les sigue a PERSONAS DESCONOCIDAS POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal en perjuicio de MIGUEL ANTONIO MERCADO, de nacionalidad colombiana, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.853.490, natural de La Aventura Departamento de Bolívar, soltero, obrero, nació en fecha 28/10/57, residenciado en la Agropecuaria San Francisco, Sector Las Cruces, Vía Los Naranjos, Estado Mérida, y H.....