VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos MORAIMA TORRES MENDEZ y RAMÓN ENELSO MENDEZ PERNIA, venezolanos mayores de edad, titulares de la cédula de identidad V-9.477.084 y V-8.083.649 en su orden, quienes manifestaron haber llegado a un acuerdo en los siguientes términos: El padre ciudadano RAMON ENELSO MENDEZ PERNIA, aumenta la obligación de manutención la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 6.000,00); asimismo se aumentan los bonos especiales en el mes de agosto de cada año en la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES y para el mes de diciembre de cada año, se aumenta el bono en la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,oo), dichas cantidades tendrán un incremento del 25% anual y ambos padres cubrirán en un 50% lo concerniente a gastos extras como salud, medicinas, recreación que requiera la adolescente de autos (hoy mayor de edad), dichas cantidades deberán ser descontados directamente de la nomina del sueldo que devenga el ciudadano RAMON ENELSO MENDEZ PERNIA,.....