PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada por la abogada ORIANA MONSALVE RAMIREZ, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos CLEMENTINA DE COROMOTO MONSALVE VIUDA DE PARADA, EDUARDO ABAD PARADA MONSALVE, GABRIEL EDUARDO PARAD MONSALVE y MARITZA ALEJANDRA PARADA MONSALVE, sobre: 1.- un local comercial, en la planta baja a la derecha del Edificio Quiñones, ubicado en jurisdicción de la parroquia el Llano, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, el cual forma parte del mismo, signado con el número 1, y cuyos linderos son los siguientes FRENTE avenida 4 (Bolívar), FONDO con entrada de acceso al Edificio y pasillo, COSTADO DERECHO, local comercial N.º 2 (dos), COSTADO IZQUIERDO, calle 28 (Arias), con un área aproximada de 65 metros cuadrados (65mts.2) y le corresponde un porcentaje de condominio del 21,3401%, tanto en los derechos como en las cargas y consecuencias de dicho condominio, según consta en el documento de Condominio regi.....