En consecuencia este Tribunal cambia la Medida Privativa de Libertad por Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena librar la correspondiente Boleta de Traslados a los acusados LUIS ALFONSO BASTIDAS BASTIDAS, ALBIN DENNIS RODRIGUEZ, JOSE IVAN VEGA TERAN, EDGAR RAMON MARQUINA, y EDGAR RAMON MARQUINA al Centro Penitenciario Región Andina, con la finalidad de que firmen Acta de Compromiso Ante este Tribunal. Se fija Audiencia Especial para hoy catorce (14) de noviembre a las 3:00 pm Todo de conformidad con el artículo 4, 5, 6, 177, 244, 245 256.3 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.