-VII-
DISPOSITIVO
Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación formulado por Abg. Ramón Amilcar Torres Torres, venezolano, titular de la cédula de Identidad N° V-9.477.275, de profesión abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.965, actuando en su propio nombre y representación (parte demandante-recurrente), contra la sentencia definitiva publicada por Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, de data treinta (30) de julio de dos mil quince (2015).
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva recurrida, en la cual se declaró:
"Primero: SIN LUGAR El RECURSO DE NULIDAD interpuesto por el ciudadano RAMÓN AMILCAR TORRES TORRES, titular d.....