En consecuencia, éste Juzgado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda a favor del penado JOSE ALIRIO MOLINA VIVAS, titular de la cédula de identidad Nº 12.464.980, traslado por sesenta (60) días, contados desde el 13/11/2017 al 13/01/2018, instando a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina que dicho traslado debe efectuarse CON LAS SEGURIDADES DEL CASO, al Departamento de Neurología del Instituto Autónomo del Hospital Universitario de los Andes (IAHULA) del estado Bolivariano de Mérida. Así mismo se acuerda oficiar al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Mérida solicitándole las resultas de informe médico acordando en fecha 09-08-2017 bajo el oficio Nº VCMEOFO2017005297. Líbrese los correspondientes oficios y boleta de traslado. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
ABG. YEGNIN TORRES ROSARIO
LA SECRETARIA
ABG. ANNY RA.....