El tribunal deja constancia de las anteriores exposiciones de las partes, no emitiendo pronunciamiento al respecto dejando el mismo al comitente, solamente este Comisionado deja constancia de la efectiva e inmediata reincorporación de los trabajadores demandantes a sus puestos de trabajo, e igualmente deja constancia del pago de salarios dejados de percibir hasta el día 21 de Noviembre del 2005, con los cheques antes descritos y recibidos por cada uno de los trabajadores, y los mismo comprende también intereses moratorios sobre los salarios caídos.