declarando la validez de todas las actuaciones cumplidas en este proceso por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida, y a los efectos de la admisión o no de la presente demanda, se ordena la notificación de la parte actora a los fines de que consigne original del Título de Garantía de Permanencia Socialista Agraria y Carta de Registro Agrario, dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a aquel en que conste en autos la notificación ordenada. Así se decide.