En mérito de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: Se concede EFICACIA EN SU TOTALIDAD Y FUERZA EJECUTORIA en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de fecha 05 de marzo de 2010 proferida por del Juzgado de Primera Instancia de Ceuta, España, mediante la cual se declaró disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos KETTY ANGÈLICA VALECILLOS SIMO y ZOILO ALFREDO MARTÌN HERRERO, venezolana la primera, español el segundo, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.966.527 y pasaporte Nº 649930, respectivamente. Notifíquese a las partes.
Publíquese, regístrese y cópiese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior del Cir.....