JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO MERIDA. Mérida, 14 de diciembre de 2017.
207º y 158º
Por cuanto del cómputo anterior, se desprende que desde el día 16 de mayo de 2016, exclusive, fecha de la última actuación valida, tal y como consta del folio 28 del presente expediente, hasta el día de hoy, inclusive, han transcurrido CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE (499) DIAS CONSECUTIVOS, (1 año, 4 meses y 14 días), sin que la parte actora le haya dado impulso procesal para la prosecución de la presente causa. En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y la Constitución y de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia en el presen.....