Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero:En cuanto a la precalificación jurídica realizada por el Ministerio Público referida al delito de Aprovechamiento de Cosas Proveniente del Delito, previsto en el artículo 470 del Código Penal, y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del ciudadano José Libio Vergara Araujo, el Tribunal observa, de los hechos plasmados en el acta policial sin número de fecha 12-01-2013, suscrita por funcionarios adscritos al Centro de Coordinación Policial Nº 09, estación Policial Nº 18, con sede en Arapuey del estado Mérida, este Tribunal determina que efectivamente nos hallamo.....