DECISIÓN:
ADMITE LA QUERELLA PROPUESTA por la ciudadana ANA JOSEFA RANGEL DE RANGEL, en contra de los ciudadanos LUCIO RIVERA ARISMENDI Y MARCO ANTONIO DAVILA AVENDAÑO, POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO DE: VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 DE La Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, PARA EL CUAL DEBE SEGUIRSE EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN EL ARTICULO 282 y SIGUIENTES DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, ello por reunir dicho escrito acusatorio todos los requisitos exigidos en la Ley, de conformidad con los artículos 274, 275, 276 y 278 eiusdem, en consecuencia, téngasele en lo sucesivo como parte querellante para todos los efectos legales. Y ASI SE DECIDE.
Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Superior del Ministerio Público, una vez quede firme la presente decisión, Se ordena notificar de la admisión de la querella a la Fiscal Superior del Ministerio Público, a la cual se le remitirán las actuaciones, un.....