PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por la ciudadana: FATIMA DEL ROSARIO FUENMAYOR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.934.696, domiciliada en la población de Tucanì, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del estado Mérida y hábil, ratificada por el ciudadano MAXIMO ANTONIO GARCIA ROQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.808.763, domiciliado Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del estado Bolivariano de Mérida