DECISIÓN
Por lo antes expuesto, con fuerza en las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente explanadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto en fecha 06 de mayo de 2015, por el abogado David Alejandro Cestari Ewing, en su condición de co-defensor de confianza del ciudadano Vilmer Eduardo Parra Barillas, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia lo Penal en Funciones de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial Penal en fecha 24 de abril de 2015, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de nulidad absoluta del acto de imputación formal.
SEGUNDO: Se confirma la decisión recurrida, por estar ajustada a derecho.
Regístrese, diarícese y notifíquese a las partes. Remítase el presente cuad.....