L A D I S P O S I T I V A
En fuerza a las razones que anteceden y en mérito al valor jurídico de los mismos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: CON LUGAR la CONFESIÓN FICTA, en que incurrieron los ciudadanos Arturo Alejandro Soto Ramirez y Benjamin Rivas Salas, parte demandada en el presente litigio, por no haber realizado la contestación al fondo de la demanda en el término previsto en la ley y no promover ni evacuar prueba alguna que desvirtuara la pretensión del actor.
Segundo: CON LUGAR la demanda por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, interpuesta por la ciudadana Denis Pérez de Cepeda, actuando en nombre y representación de la empresa "Grupo Empresarial Mediterráneo C.A"; Contra los ciudadanos Arturo Alejandro Soto Ramir.....