Así las cosas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de la ciudadana MINERVA DEL CARMEN CARRERO BARRIOS, titular de la cedula de identidad numero 16,743,790 por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal; cometido en perjuicio de la ciudadana ESMERALDA DE LA TRINIDAD HERNANDEZ en aplicación de los artículos 300 numeral 3 y 49 numeral 8 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 108 numeral 06 del Código Penal por haber operado la prescripción. SEGUNDO: Notifíquese a la Fiscalía, a la defensa, a la imputada y la(s) victima(s), si no es posible la notificación personal, practíquese la misma de conformidad c.....