En audiencia conforme al artículo 45 del COPP, se decretó el sobreseimiento de la causa conforme al art. 318 num. 3 eiusdem, en concordancia con el artículo 48 numeral 7 ibídem, a favor del ciudadano REINALDO GONZÁLEZ, por el delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el art. 415 del C.P antes de la última reforma, en perjuicio del ciudadano JOSE TRINIDAD TORRES. Así mismo, una vez transcurra el lapso legal, remítase la causa al Archivo Judicial de esta mismo Circuito Judicial Penal, a los fines de su guarda y custodia. Expídase a la Defensa Pública copia simple del Acta y del Auto. Las partes quedaron notificadas art. 177 del COPP.