CONVENIMIENTO DE LAS PARTES
En este estado el Tribunal de dio el derecho de Palabra al ciudadano PEDRO MARIA VERA MORALES, y concedido como le fue expuso: solicito a este Tribunal llegar a un covenimiento con la ciudadana MAYRA ALEJANDRA IZARRA DE OVIEDO madre las niñas (se omite identidad conforme Art. 65 LOPNA) me comprometo hacer un deposito por la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs.80.000,00), mensuales, a los fines de cumplir con la fijación de obligación alimentaría, dicha suma será depositada en el Banco SOFITASA, en una cuenta de Ahorro Nº 01370032060000505952, a nombre de la madre, MAYRA ALEJANDRA IZARRA DE OVIEDO, el monto establecido de la obligación alimentaría se ajustara en forma automática y proporcional en un 10 por ciento (10%) una vez al año.
También me comprometo a dar dos (2) Bonos especiales por la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 160.000,00), cada uno en los meses de Septiembre para la compra de útiles escolares y Diciembre para la compra .....