PRIMERO: CON LUGAR la demanda por INDEMNIZACIÓN DE ACCIDENTE LABORAL, incoada por el ciudadano MANUEL ENRIQUE ESCALONA AVENDAÑO.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, ANIBAL SUAREZ PARRA a pagar al Ciudadano MANUEL ENRIQUE ESCALONA AVENDAÑO, la cantidad de BOLÍVARES TRECE MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.-13.224.000,oo).
TERCERO: Se ordena la corrección monetaria sobre la cantidad condenada a pagar, para lo cual el Tribunal de Ejecución, también a través de una experticia complementaria del fallo, mediante el mismo experto, el cual deberá considerar para ello, el índice inflacionario publicado por el Banco Central de Venezuela acaecido en el país entre la fecha de introducción de la demanda y la elaboración de la experticia del fallo a fin de que este índice se aplique sobre el monto que en definitiva corresponda pagar al trabajador, excluyéndose de la corrección monetaria los períodos de inactividad judicial no imputables
CUARTO: SE CONDENA EN CO.....