Por consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud de revisión de la medida de detención para asegurar la comparecencia a la audiencia preliminar, interpuesta por la abogada Dora Gisela Becerra de Morales, en su condición de defensora pública especializada y con tal carácter de los investigados (IDENTIDAD OMITIDA), en virtud de que no han variado los supuestos que dieron lugar a la imposición de la misma y en tal sentido, se ratifica la detención decretada por este Juzgado en fecha 05-03-2006 contra el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) y el ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA). A tales efectos, se ordena notificar de lo aquí decidido a la defensora pública especializada, a la Fiscalía Décima Octava del Ministe.....