En atención a los criterios jurisprudenciales citados ut supra, y la exhaustiva revisión en cuanto al fondo del asunto planteado en este procedimiento de amparo constitucional, considera este Juzgador, que de los alegatos y probanzas realizadas por las partes, a saber, se legró determinar la efectiva vulneración de derechos y garantías fundamentales de los ciudadanos JOSÉ AMADEO BELANDRIA MORA Y JOSÉ GERARDO BELANDRIA SÁNCHEZ y JOSÉ LUIS TREJO VIELMA, al habérsele conculcado el derecho al debido proceso con todas las garantías necesarias, al momento de aplicar una sanción, mas aun cuando la sanción es la mas gravosa, a saber, la exclusión como socios, pues aún cuando según los alegatos de la parte presuntamente agraviante, hubo el cumplimiento de trámites legales para sancionar a los ya mencionados ciudadanos, porque la ASOCIACIÓN CIVIL DE AUTOS LIBRES LINEA DE TAXI LOS SAUZALES, les venía haciendo un procedimiento disciplinario, por el incumplimiento de ciertos deberes, ellos vulnerar.....