Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01, de la Sección Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la Republica de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Por cuanto se desprende de acta policial N° 073-02 de fecha 02-03-2002, emanada de la Sub-Comisaría Policial Nro. 12 que en esa misma fecha resultaron aprehendidos los adolescentes (reservado), momentos después de haber despojado de la cantidad de cuatro mil bolívares al ciudadano Jorge Antonio Semeco Atacho, mediante amenaza con arma de fuego y arma blanca, incautadas las evidencias al momento de practicárseles la inspección; obrando además, como elementos de convicción el acta policial N° 073-02, de fecha 08-03-2002; la denuncia interpuesta por el ciudadano Jorge Antonio Semeco Atacho, víctima en el presente caso, la experticia de reconocimiento.....