Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Acuerda la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, como medida alternativa de cumplimiento de pena, a los ciudadanos: FREDDY LEONARDO ARELLANO PUENTE, JESÚS MANUEL VENEGAS TORRES, EFREN EMILIO ARAUJO BUITRIAGO y TONY ALEXANDER BERRIOS, por un lapso de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES, por tanto, el tribunal les impone las siguientes condiciones:
1. Mantenerse activos laboralmente.
2. Asistir puntualmente cada 30 días a las presentaciones con su delegado de prueba.
3. No cometer ningún otro delito
4. Acatar las sugerencias del delegado de prueba.
SEGUNDO: Notifíquese a los penados, defensa y Ministerio Público. Trasládese a los penados: FREDDY LEONARDO ARELLANO PUENTE, JESÚS MANUEL VENEGAS TORRES, EFREN EMILIO ARAUJO BUITRIAGO y TONY ALEXANDER B.....