DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Aprehensión en Flagrancia de conformidad con 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se acuerda el procedimiento especial de conformidad con lo establecido en el artículo 94 y siguientes de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. TERCERO: Se acuerda imponer al Imputado JOSÉ ALFONSO CHOURIO MARTÍNEZ, venezolano, titular de la Identidad V- 12.548.201, de 34 años de edad, soltero, de ocupación chofer, nacido en fecha 03-10-73, natural de Maracaibo, Estado Zulia, hijo de JOSÉ ÁNGEL CHOURIO Y ELVIA ROSA MENTIEZ (vivos), domiciliado en Caja Seca.....