Este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA, CON LUGAR la solicitud de conversión en DIVORCIO, de la presente Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento interpuesta por los ciudadanos: RICHARD ALEXANDER MALDONADO ALARCÓN Y DIANA CAROLINA QUINTERO BALZA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros: V11.957.865 y V-18.796.133, respectivamente, siendo su último domicilio conyugal en la Avenida 5, casa N° 332, Urbanización "Don Perucho", Parroquia Arias Municipio Libertador del Estado Mérida, y civilmente hábiles, debidamente asistidos por el Abogado FREDDY ORLANDO QUINTERO VALERO, titular de la cédula de identidad N° V-3.767.214, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 76.416 y jurídicamente hábil, habiendo transcurrido el lapso establecido en el segundo aparte del artículo 185 del Código Civil Venezolano sin haber realizado oposic.....