este Juzgado Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, con competencia ordinaria, De La Circunscripción Judicial Del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, intentada por los ciudadanos CARMEN DELIA LEÓN DE VILLASMIL y PEDRO ANTONIO VILLASMIL ATENCIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 3.372.059 y 3.371.324, respectivamente, y consecuencialmente SE DECLARA: disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados Ciudadanos, según Matrimonio celebrado ante el Consejo Municipal del entonces Distrito Colón, hoy Parroquia San Carlos, Municipio Colón del Estado Zulia, el día once (11) de enero de 1.974, según consta en Acta de Matrimonio inserta bajo el Nº 01, Libro Nº 1, expedida por la Ciudadana Registradora Civil del mencionado Municipio, en fecha 18 de octubre de 2.012.
SEGUNDO: Sob.....