Este Tribunal, en aras de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso, consagrados en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda REPONER LA CAUSA de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, al estado de notificar al codemandado, ciudadano Germán José Corzo Molero, identificado en autos, sobre el contenido del auto dictado por éste Tribunal en fecha 11 de julio de 2013 (folio 679), advirtiéndole que el lapso para ejercer los recursos pertinentes, a que se refiere el artículo 298 ejusdem, comenzará a correr, una vez que conste en autos su notificación.