Para la citación personal de la co-demandada, ciudadana MARÍA EDICTA DURÁN DE GUTÍERREZ, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de Ejido, a los fines de que ese Tribunal de Municipio, al que le corresponda por distribución, libre el respectivo recibo de citación y que por órgano del Alguacil haga efectiva la citación de la prenombrada ciudadana, en los términos indicados en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil. Certifíquense por auto separado las copias del libelo y su reforma parcial. Líbrese el respectivo despacho y remítase con oficio.
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. MILAGROS FUENMAYOR GALLO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
YURAIMA PEÑA
En la misma fecha se libraron los recaudos de citación a los demandados de autos, comisionándose al Juzgado Distribuidor Or.....