este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOSMUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por la ciudadana: EDELMIRA DEL CARMEN FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.687.350, domiciliada en la Urbanización Carabobo, Calle Principal, Casa N° 08, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, ratificado por el ciudadano YANIRSON NECTARIO MOLINA MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.399.380.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos
EDELMIRA DEL CARMEN .....