Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Tovar, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN A LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por auto de fecha 28 de marzo de 2023, sobre los lotes de terreno propiedad de la demandada allí descritos, según documento protocolizado por ente el Registro Público del Municipio Antonio Pinto Salinas en fecha 9 de diciembre de 2005, inscrito bajo el Nº 126, Protocolo Primero, Tomo Tercero, del Cuarto Trimestre del año 2005.
SEGUNDO: SE MANTIENE VIGENTE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretado por esta Instancia Judicial en fecha 28 de marzo de 2023 y participado en esa misma con oficio Nº 63 al Registrador Público del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Bolivariano de Mérida.
TERCERO: Se condena en Costas de conformidad con el artículo 274 del Código de Pr.....