En fuerza a las razones de hecho y de derecho, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación, interpuesto por el co-apoderado judicial de la parte actora abogado JULIO CESAR MARQUEZ ARIAS, en su condición de Procurador Especial del Trabajo, en contra de la decisión judicial de fecha dieciocho (18) de mayo de 2004, proferida por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía.
SEGUNDO: SE CONFIRMA LA DECISION de fecha dieciocho (18) de mayo del dos mil cuatro (2004), dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, donde se declara Sin Lugar la Solicitud de Calificaci.....