Este Juzgado de Control Nº 03 del CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. considera que concurren los requisitos previstos y artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, motivo por el cual se ordena expedir ORDEN DE APREHENSION, solicitada por los representantes de la Fiscalía VI del Ministerio Publico, en contra de los ciudadano YEREMIS JOSÉ VARGAS AÑANGURE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.378.456, nacido en fecha 14-07-87, natural Guarenas Estado Miranda, de ocupación obrero de mecánica en el taller "Alvaro", hijo de Ender Francisco Vargas (v) y de Marlene Añanguren (v) , domiciliado el Sector La Pomona, Barrio María Concepción Palacios, Avenida 33, calle 77, casa sin número, de color verde, al fondo de la agencia de lotería Fra.....