Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Su competencia para conocer y decidir el Recurso de Nulidad interpuesto por el abogado Daniel Enrique Quintero Sutil, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.401.852, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 92.895, en su condición de co-apoderado judicial de la INDUSTRIA LÁCTEA VENEZOLANA, C.A., (I.N.D.U.L.A.C.), contra Acta de fecha 09 de Noviembre de 2015, suscrita por el abogado Yoberty Jesús Díaz Vivas, en su carácter de Inspector del Trabajo Jefe en el Estado Bolivariano de Mérida, contenida en el expediente No. 026-2015-01-00064 SEGUNDO: Se admite el Recurso de Nulidad. TERCERO: Se ordena la notificación del Inspector del Trabajo del Estado Bolivariano de Mérida, CUARTO: Se.....