EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY y de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la entrega del vehiculo Toyota Land Cruiser, tipo Pick Up, Marca Toyota, de color blanco, año 2005, serial de carrocería 8XA31UJ7959502322, serial de motor 1FZ0651040, placas 03XPAE, al ciudadano RAFAEL ANTONIO SANTIAGO VERGARA, quien es Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N 10.556.848.
Siendo que los documentos insertos a los folios sesenta (60) al sesenta y seis (66) se encuentran en original, se acuerda su desglose y posterior entrega al ciudadano RAFAEL ANTONIO SANTIAGO VERGARA, dejando en su lugar copia certificada.
Líbrese oficio dirigido al responsable del estacionamiento donde se encuentra el vehiculo.
Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público y al solicitante. Líbrese boletas. CUMPLASE.