Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ TITO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.478.511, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 56.394, actuando con el carácter de apodero judicial de la ciudadana, NEIZA MARÍA FLORES FONSECA, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad N° V-8.030.930, en contra de la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, de data 25 de febrero de 2025, en el asunto principal No. LP21-N-2024-000007.
SEGUNDO: Se Confirma la decisión r.....