Se acordó a solicitud de la F. VII del M.P. ORDEN DE ALLANAMIENTO, de conformidad con el art. 47 de la CRBV, en concordancia con los art. 210, 211 y 212 del COPP, a fines de INCAUTAR SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS y ARMAS DE FUEGO DE PROCEDENCIA ILEGAL. Duración máxima de 7 días. Líbrese la orden con su respectivo oficio.