Finalizada la audiencia, oído lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de conformidad con el artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: Primero: Se admite la acusación presentada por la Fiscalía Décimo Octava del Ministerio Público contra el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), en razón de los hechos acaecidos fecha 17-02-2013, conforme fueren narrados por el Ministerio Público, por cuanto, considera quien aquí decide que los hechos objeto del presente proceso encuadran perfectamente en el tipo penal de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto en el artículo 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con los numerales 1, 2 y .....