Por los argumentos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, a FAVOR de los ciudadanos apodados "EL PAPO y EL TUERTO", de quienes se desconoce más datos de identidad, por la presunta comisión uno de los delitos cometidos CONTRA LAS PERSONAS, cometido en perjuicio del ciudadano EDIT LARRY GARCÍA ÁVILA.-
SEGUNDO: ACUERDA no realizar la audiencia señalada en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser necesario debatir los fundamentos de la solicitud Fiscal, en virtud de que no existe certeza, ni razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, toda vez que han transcurrido más de cuatro (04) año.....