Se reformó por contrario imperio el auto de fecha 12 de julio de 2004. Asimismo, se acordó comisionar al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Miranda y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que practique la medida de secuestro interdictal decretada en fecha 12 de julio de 2004, sobre un inmueble consistente en un lote de terreno, constante de una superficie aproximada de MIL METROS CUADRADOS (1000 metros cuadrados), ubicado en el Caserío Motus, cerca de la urbanización Alto Milloy, Municipio Pueblo Llano del Estado Mérida.