Este Tribunal, negó la solicitud de amparo interdictal formulada en el libelo, por el ciudadano JOSE RAMON VILLASMIL RIVAS, asistido por el abogado LIBORIO CAMACHO QUINTERO, contra los ciudadanos, BETTY MARLENY MOLINA FERNANDEZ y LUIS CARLOS RAMIREZ FORERO, y, consecuencialmente, declaró concluido el presente procedimiento y ordenó el archivo del expediente. Así se decide.