Por las consideraciones que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y sus Leyes declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación intentada por la parte demandante abogado en ejercicio OSCAR ROSALES, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.440, en su carácter de endosatario en procuración del ciudadano Manuel Antonio Albarrán, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 676.422, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 26 de julio de 2000, por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción judicial del Estado Mérida, en la cual declaro la perención de la instancia por falta de impulso procesal. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento y por los motivos expuestos en el fallo pr.....