IV
PARTE DISPOSITIVA
EL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud formulada y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos JULIO FERNÁNDEZ MÁRQUEZ y MARÍA ERNESTINA GUTIÉRREZ DE FERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 5.204.996 y V- 12.219.348, en su orden, domiciliados el primero en el Sector La Fundación Alta de la Aldea Quirora, Parroquia Pueblo Nuevo del Sur del Municipio Sucre del estado Mérida y la segunda en La Urbanización Carlos Sánchez, calle Nº 7, casa Nº 308 de color verde claro portón negro, Parroquia Matriz del Municipio Campo Elías del estado Mérida, y civilmente hábiles, según matrimonio civi.....