PRIMERO: Acepta la declinatoria de competencia para conocer el presente juicio, efectuada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito, Maritimo y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en virtud de la decisión dictada por dicho Tribunal en fecha 15 de octubre de 2019, cursante a los folios 68 al 71 y, en consecuencia se avoca al conocimiento de este proceso.
SEGUNDO: Ofíciese lo conducente al Tribunal declinante.
TERCERO: Se advierte a las partes que, de conformidad con la parte in fine del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 75 eiusdem, disposiciones éstas que resultan aplicables a este proceso por la remisión que la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario hace el artículo 252, en el tercer día de despacho siguiente a aquel en que quede firme la presente decisión, la causa continuará su curso en el estado en que se encuentra, y que en esa misma oportunidad este Tribunal .....