Se declaró INADMISIBLE la apelación interpuesta el 08 de marzo de 2004, por el abogado JONATHAN ADOLFO ARDILA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana YINIS MAR GUILLÉN, contra la sentencia interlocutoria de fecha 02 del mismo mes y año, dictada por el entonces JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA (actualmente denominado JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA), en el juicio a que se contrae el presente expediente, seguido por la apelante contra las empresas TRANSPORTE MÉRIDA C.A. y SEGUROS CARACAS de LIBERTY MUTUAL, C.A., por cobro de bolívares por daños materiales y morales ocasionados en accidente de tránsito, mediante la cual dicho Tribunal, en atención a la solicitud formulada por la representación procesal de la codemandada, TRANSPORTE MÉRIDA C.A. declaró la nulidad del auto del 09 de octubre de 2003, po.....