PRIMERO: Homologa la transacción judicial celebrada en el proceso por los ciudadanos YSBEL MARQUINA VERA, NURIS MARBELLA MARQUINA VERA y JOSÉ YORDANO MARQUINA VERA, en su carácter de partes actoras en el proceso, debidamente asistidos por su apoderada judicial abogada en ejercicio LEUDIS DEL VALLE VILLARREAL RUZZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 39.142 y la ciudadana DEYZI COROMOTO MARQUINA VERA, en su carácter de parte demandada, debidamente asistida por su apoderada judicial abogada en ejercicio ROSALINDA BARRIOS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 47.421, en fecha 30 de noviembre del 2.005, en los términos señalados en la transacción celebrada y resumidos en este fallo. En consecuencia, se le imparte a dicha transacción el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente una vez quede f.....