Se declaró material y territorialmente competente al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, para conocer y decidir, en primera instancia, de la causa incoada por los ciudadanos LUIS JOSÉ y JOSÉ HENRY HERNÁNDEZ DURÁN, por prescripción adquisitiva