Se HOMOLOGÓ la transacción judicial efectuada por las partes en el presente juicio, contenida en el escrito de fecha 18 de julio de 2014 y, en consecuencia, le imparte a dicho acto de composición procesal el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.Se ORDENÓ al Juzgador de la causa, proceda a levantar parcialmente la medida de prohibición enajenar y gravar decretada por decisión interlocutoria del 6 de abril de 2011, por quien para entonces era el Tribunal de la primera instancia, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en El Vigía, en ocho (8) de las trece (13) parcelas sobre las cuales recayó la misma, específicamente las determinadas en la primera parte del particular segundo del acuerdo transaccional que aquí se homologa.